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Día Nacional del Donante de Órganos y Tejidos en España

  • FUENTE: TEC. LIBEY VARELA OLIVA. INFORMÁTICO CPICM MAYABEQUE
  • 2 Junio 2021

La primera semana de junio se celebra en España el Día Nacional del Donante de Órganos y Tejidos, con la finalidad de sensibilizar a las personas sobre la donación de órganos y tejidos a pacientes para salvar sus vidas.

El organismo coordinador del sistema español de donación y trasplante de órganos y tejidos es la Organización Nacional de Trasplantes (ONT).

La donación y trasplante de órganos y tejidos en España está regulada por la Ley sobre Extracción y Trasplante de Órganos. Es un instrumento legal aprobado en el año 1979 por las Cortes Generales españolas.

Dicho instrumento legal vela por el cumplimiento de los siguientes aspectos:

  • - El altruismo de la donación y la no comercialización de órganos.
  • - Respeto a la voluntad de personas fallecidas, acerca de la decisión de donar sus órganos y tejidos.
  • - Garantizar el anonimato del donante de órganos y tejidos.
  • - Determinar los centros legalmente autorizados para realizar trasplantes de órganos y tejidos.

La donación de órganos y tejidos consiste en la extracción de órganos o tejidos del cuerpo de una persona recién fallecida o de un donante vivo, para implantarlo en sustitución de algún órgano o tejido en una persona viva.

Los órganos, tejidos y precursores hematopoyéticos que se pueden donar son los siguientes:

Órganos sólidos:

  • - Riñones.
  • - Corazón.
  • - Hígado.
  • - Páncreas.
  • - Estómago.
  • - Intestinos.
  • - Pulmones.

Tejidos:

  • - Médula ósea.
  • - Piel.
  • - Huesos.
  • - Estructuras osteotendinosas.
  • - Córnea.
  • - Tendones.
  • - Válvulas cardíacas.
  • - Segmentos vasculares.

Precursores hematopoyéticos:

Son las células madre que se extraen de la sangre de:

  • - Cordón umbilical.
  • - Placenta.

La donación de órganos y tejidos se considera un acto altruista que puede salvar o mejorar la vida de otras personas, cuya salud esté comprometida o en situación de riesgo.

De acuerdo a la Ley sobre Extracción y Trasplante de Órganos de España, cualquier persona es donante de órganos y tejidos, a excepción de aquellas personas que en vida manifiesten lo contrario.

No basta con manifestar en vida la voluntad y disposición de donar órganos y tejidos, ya que el donante debe cumplir con las siguientes especificaciones:

  • - Mayor de edad.
  • - Gozar de buena salud física y mental.
  • - Someterse a una evaluación médica previa, a fin de determinar su compatibilidad con el receptor del órgano o tejido.

En el caso de personas recién fallecidas, se consulta a sus familiares y allegados sobre la voluntad del fallecido, con respecto a la donación de órganos y tejidos.

Los tipos de donantes de órganos y tejidos son los siguientes:

  1. Donantes fallecidos por las siguientes causas:
  • - Muerte encefálica por accidentes de tránsito, laborales.
  • - Si el fallecimiento ocurre en una Unidad de Cuidados Intensivos (UCI).
  • - Asistolia por paro cardíaco.
  1. Donantes vivos que sean compatibles con el receptor del órgano o tejido:
  • - Parientes consanguíneos.
  • - Personas allegadas o vinculadas al entorno social y laboral del paciente.
  • - Personas anónimas.
Palabras clave: donante, tejidos, órganos

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